Comienza el calendario para pago del impuesto de renta 2020

Ya están listas las fechas del nuevo calendario tributario 2020 para la declaración de renta para personas naturales del año gravable 2019.

Las fechas de presentación y cancelación de los impuestos sobre la renta irán desde el 11 de agosto hasta el 21 de octubre.

¿Cómo saber si tengo que presentar declaración de renta para personas naturales este año?

¿Cómo sé si debo declarar este año?

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Según el decreto 2345 del 23 de diciembre del año pasado, expedido por el Ministerio de Hacienda, todas las personas naturales que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones, deben declarar el impuesto sobre la renta 2020, sobre el año gravable 2019.

  1. Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $ 154’215.000
  2. Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $ 47’978.000
  3.  Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $ 47’978.000
  4. Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
  5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $ 47.978.000

Es decir que no estarán obligados a declarar quienes al último día del año gravable 2019 no excedieron de patrimonio bruto las 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT) ($ 154’215.000) o quienes sus ingresos totales no fueron superiores a 1.400 UVT
($ 47’978.000), lo que representaría un ingreso mensual total de $ 3’998.166.

Pero es importante recordar que a la Dian llega la información exógena remitida por las empresas o firmas que el año pasado les hicieron pagos a personas naturales, y que estos recursos también hacen parte de sus ingresos, en caso de que tengan un salario y realicen actividades adicionales puntuales o recurrentes para tener mejor ingreso.

Esto puede verse a través del MUISCA o solicitando los certificados en las entidades bancarias.

(Le recomiendo leer además: Todo sobre trámites relativos a impuestos )

¿Cuando debo presentar mi declaración de renta 2020?


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Los ciudadanos deberán presentar su declaración de renta según los últimos 2 dígitos de su número de cédula siendo 99 y 00 su obligación presentar el día 11 de agosto; 01 y 02 presentarse el 21 de octubre respectivamente. En el calendario tributario 2020, solamente identifique los últimos 2 dígitos de su cédula y verá la fecha de la obligación.

¿Cómo debo llenar mi declaración de renta?

  1. Primero, debe identificar si ud está sujeto a declarar. La DIAN ha creado una plataforma que a través de unas sencillas preguntas le ayudarán a identificar si debe o no presentar su declaración de renta para el año gravable: https://muisca.dian.gov.co/WebRutMuisca/DefInscripcionRutPortal.faces
  2. Actualice su RUT. Es importante que tenga sus datos personales y actividades económicas al día. Hágalo a través de internet ingresando al MUISCA.
  3. Identifique sus rentas. Hay 5 tipos y deberá identificar el tipo de renta según de dónde provengan sus ingresos:
    1. Rentas de trabajo

      Pertenecen a esta cédula las rentas de trabajo definidas en el artículo 103 del Estatuto Tributario, considerando las definiciones que se establecen en el artículo 1.2.1.20.3 del Decreto 2250 diciembre 29 de 2017.

    2. Rentas de pensiones

      Se incluyen en esta cédula los ingresos de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales,así como aquellas provenientes de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional, obtenidos de conformidad con la legislación colombiana.

    3. Rentas de capital

      Corresponden a los ingresos provenientes de intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual.

    4. Rentas no laborales

      Se incluyen en esta cédula todos los ingresos que no clasifiquen en ninguna de las otras cédulas y aquellos ingresos que no cumplan con la definición de compensación por servicios personales.

    5. Dividendos y participaciones

      Corresponden a esta cédula los dividendos y participaciones recibidos de distribuciones provenientes de sociedades y entidades nacionales y extranjeras.

  4. Luego de identificar sus rentas, llene como corresponde el formulario 210 de la DIAN para personas naturales. Si necesita pagar algún monto o no, debe dirigirse a cualquier banco y radicar su formulario 210 en las ventanillas de caja. Declarar es diferente de pagar, pero ambas deben hacerse.

Como dijimos antes, puede ingresar a la plataforma de la DIAN, MUISCA, y encontrar toda su información tributaria en un solo lugar.

Aquí podrá, inclusive, declarar y pagar de manera virtual.

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