Qué es el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión
Es un programa del Fondo de Pensiones Solidarias dirigido a grupos de la población que no cuentan con las facilidades o condiciones necesarias para acceder al sistema de seguridad social.
El programa de Subsidio al Aporte en Pensión incluye a trabajadores independientes rurales y urbanos, desempleados, madres comunitarias y discapacitados, y concejales de las categorías 4, 5 y 6 de los municipios.
Quienes se benefician del Programa de Subsidio al Aporte en Pensión solo tienen que aportar una parte del monto total de la cotización.
El porcentaje especificado varía entre el 5% y el 30% según sea necesario.
Para determinar el porcentaje anterior, se tiene en cuenta el tipo de grupo de población al que pertenece el ciudadano.
Un beneficiario de este programa tiene los mismos derechos que un afiliado al sistema general de pensiones, muerte o vejez y contra riesgos laborales.
Requisitos para solicitar el Subsidio al Aporte en Pensión
Los requisitos generales son:
- Estar conectado al sistema general de salud, ya sea como cotizante o como beneficiario.
- El último aporte a la pensión debería haberse realizado al fondo de Colpensiones o es necesario realizar la transferencia.
- Debe ser mayor de 40 años y menor de 65 años.
- El acceso se realiza con al menos 650 semanas de cotización, que deben ser validadas antes de que se otorgue la subvención.
- Pertenece al Nivel 1 o 2 del SISBEN.
Lecturas sugeridas:
Requisitos por grupo de población específico
En cualquier caso, pueden existir requisitos especiales:
El período de subsidio fijado para las gestantes es de hasta 65 años y el porcentaje de cotización es del 85%.
Se requiere lo siguiente:
- Demuestre la calidad de madre sustituta con la ayuda de un certificado.
- El certificado se obtiene del representante legal de la asociación a la que está afiliado o, en caso contrario, del ICBF.
- En el caso de que esté inscrita como madre comunitaria y además cumpla con los requisitos legales, las madres gestantes y agentes educativos de FAMI (familia, mujer e infancia) pueden acceder al Fondo Solidario de Pensiones.
No se requiere un mínimo de semanas.
El subsidio para personas con discapacidad se aplica a personas de entre 40 y 65 años que hayan perdido el 50% de su capacidad para trabajar. En este caso, se aplican los siguientes requisitos:
Debe tener al menos el equivalente al tiempo o las 500 semanas especificadas.
En este caso, la edad está abierta en cualquier caso, siempre que la persona sea mayor de 18 años y menor de 65 años.
Para los trabajadores independientes, ya sea en zonas urbanas o rurales, hay dos cosas a tener en cuenta a la hora de buscar el acceso a este subsidio:
La primera opción se aplica a mujeres y hombres que tengan al menos 250 semanas de cotización en su registro y tengan entre 35 y 65 años. Según COMPES 105 de 2007; se denominan Categoría 2.
La segunda opción se aplica a mujeres y hombres con menos de 500 semanas de cotización y un rango de edad de 35 a 65 años. En este caso, se denominan Categoría 3.
Concejales
Para este grupo de población, la subvención es válida durante su mandato como concejal o, en caso contrario, hasta que se hayan contado las 650 semanas. El porcentaje total del subsidio al aporte sería del 75%.
Debe estar vinculado al sistema de salud de la seguridad social. No le importa al régimen al que está vinculado.
Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.
Debe ser concejal en los municipios de Categoría 4, 5 y 6 que esté activo.
No puede tener ninguna otra oportunidad de ingresos fuera de los honorarios que recibe como concejal cuando desea postularse.
No necesitas un SISBEN.
Desempleados
El período de financiación se concede entre 55 y 65 años.
El porcentaje de esta subvención sería del 70%
Se requiere tener 500 semanas de presentaciones para postularse.
Debe estar vinculado al sistema de salud de la seguridad social.
Puede ser dentro del régimen subsidiado o contributivo, indistintamente.
Ser mayor de 55 años.
Estar conectado con Colpensiones.
Para certificar la condición de desempleado, el DANE debe certificar esta situación.
Para hacer esto, debe proporcionar evidencia de su situación cuando esté buscando trabajo.
También es necesario que te registres en el SENA y estés disponible para capacitar en todo momento.
Proceso de afiliación al Programa de Subsidio de Contribución a Pensiones
Para realizar este trámite con el Consorcio Colombia Mayor, no es necesario pagar en ningún momento del proceso, ya que es gratuito.
Puedes empezar a hacer esto en cualquiera de las oficinas del Consorcio Colombia Mayor ubicadas en las ciudades de Medellín, Bogotá, Cali, Barranquilla, Cartagena, Ibagué, Bucaramanga y Pereira.
Como realizar los trámites para todos los beneficiarios
- Complete el formulario para solicitar la subvención. Puedes descargarlo desde este enlace.
- Entregar el certificado sanitario con fecha de emisión menor a 30 días.
- Fotocopia de DNI.
- Presentar el certificado de las semanas especificadas o historial laboral.
- Observe los requisitos necesarios para el grupo de población al que pertenece de acuerdo con la información descrita anteriormente.
Para cada caso concreto se deberá adjuntar lo siguiente:
Discapacitados: Las personas con discapacidades deben presentar el certificado de pérdida de capacidad laboral que indique que se ha perdido el 50% o más de la capacidad laboral.
Madres Comunitarias: Muestre el certificado que las acredite como Madre Comunitaria. Debe ser emitido por el ICBF.
Concejales: Demuestre que actualmente está vigente como concejal. Para ello, debe utilizar un certificado dela Registraduría del estado civil.
Área rural: entregar un certificado que enumere cada una de las actividades realizadas en el área rural.
Lectura recomendada: Consultar historial laboral de Colpensiones.
Es importante que durante el proceso el prospecto se asegure de que todos los datos ingresados sean correctos una vez que hayan recibido el talonario de Colpensiones. Si la información es incorrecta, deberá enviar una carta con una fotocopia de su tarjeta de identificación (cédula)
Retiro del programa PSAP
Si surge una situación que requiera la baja del programa, debe notificar por escrito adjuntando una fotocopia de su documento de identida. Esto puede suceder en los siguientes casos:
Retiro voluntario.
Si ya se ha percibido la pensión de vejez.
Cuando intentas iniciar el proceso de pensión.
Debe asegurarse de cumplir con todos los requisitos solicitados por Colpensiones antes de iniciar los trámites.
En estos dos casos, es obligatorio suspender el proceso de adhesión:
Cuando empiezas a trabajar en una empresa.
Cuando no hay forma de pagar.
Si la persona que ha consentido cambia de residencia, deberá realizar la denuncia a través de la línea gratuita o mediante carta indicando departamento, municipio, dirección, teléfono, nombres, apellidos y número de identificación.
En caso de fallecimiento, cada miembro de la familia deberá solicitar la renuncia, esta información deberá adjuntarse.
Tabla de subsidios proporcionada por el estado según el grupo de población
Como se mencionó anteriormente, cada grupo de población tiene derechos, un proceso y requisitos establecidos según su estado. Para conocer con exactitud qué subsidios otorga el Estado con su programa de subsidios a las cotizaciones previsionales, se proporciona la siguiente tabla:
Enfatizar en que para hacer un cambio de régimen de pensiones sólo se podrá hacer una vez cada cinco años.
Ahora bien, este procedimiento será imposible si a la persona cotizante le faltan tan sólo 10 años o menos para obtener la pensión de vejez o cumplir la edad.
Recomendación importante
Datos de contacto
Si tiene dudas sobre el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP), podrá comunicarse por medio de los siguientes canales:
- Línea gratuita a nivel nacional: 018000184333
- Número de teléfono en Bogotá: 6502037
- Correo electrónico:
- Visitando la página web oficial: www.fondodesolidaridadpensional.gov.co