Declaración de renta para personas naturales

Calificación del trámite

Ya están listas las fechas del nuevo calendario tributario 2020 para la declaración de renta para personas naturales del año gravable 2019. Las fechas de presentación y cancelación de los impuestos sobre la renta irán desde el 6 de agosto hasta el 17 de octubre.

¿Cómo saber si tengo que presentar declaración de renta para personas naturales este año?

La obligación de declarar renta en Colombia se basa en los ingresos acumulados durante el año gravable, así que todos los colombianos a menos que excedan unos límites no deben presentar. Si sus ingresos, patrimonios, compras, consumos, consignaciones y otros valores acumulados exceden unos valores mínimos, deberá hacerlo. Aquí se los mostramos:

  • Personas naturales con ingresos superiores a $3.868.166 mensuales, o sea, que haya sumado $46.418.000 durante el año.
  • Si posee un patrimonio bruto de más de $149.202.000 (Edificios, terrenos, maquinaria y vehículos, el dinero en efectivo, la cuentas bancarias, la cartera, los inventarios, las inversiones, los diferidos, intangibles, etc.)
  • Si tuviste ingresos brutos anuales por más de $46.418.000 (Los ingresos brutos son pagos ya sea en efectivo o en especie sin deducciones. Las empresas reportarán la información exógena a la DIAN, puede consultarla a través del MUISCA)
  • Si las compras y consumos fueron mayores a $46.418.000
  • Si los consumos mediante tarjeta de crédito exceden los $46.418.000
  • Si el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, exceden los $46.418.000 (Esto lo puedes encontrar en el reporte de la informacion exógena que emiten las entidades a la DIAN y puede verse a través del MUISCA o solicitando los certificados en las entidades bancarias)

¿Cuando debo presentar mi declaración de renta 2019?

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Declaración de renta para personas naturales ≫ Colombia Social 2024

Los ciudadanos deberán presentar su declaración de renta según los últimos 2 dígitos de su número de cédula siendo 99 y 00 su obligación presentar el día 6 de agosto; 01 y 02 presentarse el 17 de octubre respectivamente. En el calendario tributario 2019, solamente identifique los últimos 2 dígitos de su cédula y verá la fecha de la obligación.

¿Cómo debo llenar mi declaración de renta?

  1. Primero, debe identificar si ud está sujeto a declarar. La DIAN ha creado una plataforma que a través de unas sencillas preguntas le ayudarán a identificar si debe o no presentar su declaración de renta para el año gravable: https://msrentadian2017pf.azurewebsites.net/renta0707/renta-landing.html
  2. Actualice su RUT. Es importante que tenga sus datos personales y actividades económicas al día. Hágalo a través de internet ingresando al MUISCA.
  3. Identifique sus rentas. Hay 5 tipos y deberá identificar el tipo de renta según de dónde provengan sus ingresos:
    1. Rentas de trabajo

      Pertenecen a esta cédula las rentas de trabajo definidas en el artículo 103 del Estatuto Tributario, considerando las definiciones que se establecen en el artículo 1.2.1.20.3 del Decreto 2250 diciembre 29 de 2017.

    2. Rentas de pensiones

      Se incluyen en esta cédula los ingresos de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales,así como aquellas provenientes de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional, obtenidos de conformidad con la legislación colombiana.

    3. Rentas de capital

      Corresponden a los ingresos provenientes de intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual.

    4. Rentas no laborales

      Se incluyen en esta cédula todos los ingresos que no clasifiquen en ninguna de las otras cédulas y aquellos ingresos que no cumplan con la definición de compensación por servicios personales.

    5. Dividendos y participaciones

      Corresponden a esta cédula los dividendos y participaciones recibidos de distribuciones provenientes de sociedades y entidades nacionales y extranjeras.

  4. Luego de identificar sus rentas, llene como corresponde el formulario 210 de la DIAN para personas naturales. Si necesita pagar algún monto o no, debe dirigirse a cualquier banco y radicar su formulario 210 en las ventanillas de caja. Declarar es diferente de pagar, pero ambas deben hacerse.

Como dijimos antes, puede ingresar a la plataforma de la DIAN, MUISCA, y encontrar toda su información tributaria en un solo lugar. Ahí podrá, inclusive, declarar y pagar de manera virtual.

Si necesita mayor asesoría, le recomendamos consultar con un contador público de confianza. Este le guiará por todo el proceso y le aconsejará de manera profesional como declarar renta para personas naturales.

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