Indemnización por no pago de cesantía en Colombia

Cuando el empleador incurre en el incumplimiento del pago de cesantía a sus trabajadores, debe saber que hay medidas legales que indican indemnizaciones correspondientes a los trabajadores. Te contamos lo que debes saber acerca de esta situación.

La obligación del pago de cesantía

Todas las compañías tienen el deber de cancelar las cesantías a sus trabajadores en la fecha determinada, frecuentemente a principio de cada año. Se cancela el monto total de lo que se haya ahorrado el último año.

En caso de que el empleador alegue desconocimiento de la fecha de pago como justificación de su incumplimiento, esto no le eximirá de pagar la indemnización correspondiente al trabajador.

¿Cuánto debe pagar el empleador que se ha retrasado en el pago?

Es importante que el empleador sepa que al no pagar las cesantías antes del plazo deberá indemnizar al trabajador pagándole un día de sueldo por cada uno de los días del retraso del pago.

De igual forma, aunque se haya hecho una consignación parcial de las cesantías, de igual forma aplica la sanción. El pago debe ser completo.

En caso de que exista una terminación de la relación de trabajo y hubiese un saldo de cesantías en beneficio del trabajador y que no se hayan entregado, la compañía debe pagarlos de forma directa al trabajador con sus intereses correspondientes.

¿Cómo se debe proceder en caso de que el empleador no pague las cesantías?

Son varios los procedimientos que se deben seguir en caso de que el empleador no pague las cesantías correspondientes. Te dejamos los más habituales y recomendables.

  • El trabajador puede dirigirse ante las autoridades correspondientes para solicitar al Juez de trabajo aplique una sanción moratoria correspondiente de acuerdo al tiempo de retraso que lleve la medida.
  • Si el contrato ha terminado y no se ha pagado la prima, las cesantías o sus intereses, el trabajador puede hacer la solicitud ante el Juez de trabajo del cumplimiento de la sanción. Esta equivale, de igual forma, a un día de sueldo por cada uno de los días de retraso.
  • Si el empleador incumpliera en el pago de las correspondientes acreencias laborales, este puede acudir a la inspectoría del Ministerio del trabajo para solicitar las sanciones correspondientes.

La conciliación entre el empleador y el trabajador

Por supuesto, una de las primeras vías que se buscará es la conciliación entre el trabajador y el empleador para no tener que llegar a instancias legales.

En este caso, la compañía explica las razones por la cuales ha incumplido con esta obligación y puede que proponga alguna buena solución que beneficie a ambas partes. Es responsabilidad de la empresa buscar medidas que puedan responder de forma efectiva ante el trabajador sin la necesidad de iniciar una disputa legal.

En caso de que el o los trabajadores no se encuentren de acuerdo con las medidas propuestas por el empleador, tiene todo el derecho de dirigirse a las entidades legales correspondientes, incluyendo la inspectoría del trabajo para iniciar el proceso legal.

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